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Korraleja.co > Blog > Colombia > Listo el decreto que convoca la Consulta Anticorrupción para el domingo 26 de agosto
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Listo el decreto que convoca la Consulta Anticorrupción para el domingo 26 de agosto

Redacción Korraleja.co
By Redacción Korraleja.co Published junio 20, 2018
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El gobierno colombiano definió el decreto para la consulta anticorrupción que se realizará el domingo 26 de agosto y que tendrá como objetivo tratar de eliminar ciertas prácticas corruptas en el país, como bajar el salario a los congresistas, eliminar el beneficio de casa por cárcel a condenados por corrupción, tener pliegos tipo en toda clase de contrataciones, vigilar el presupuesto participativo a través de audiencias públicas, acabar con los contratos a dedo, obligar a los altos funcionarios a que rindan cuentas de su gestión y sus ingresos personales, y limitar a máximo tres períodos el tiempo de permanencia en las corporaciones públicas.

La consulta deberá convocar a la cantidad de personas necesaria para superar el umbral de participación que determina la ley, según la cual, para que tenga validez, debe votar por lo menos el 30 % del censo electoral vigente. Es decir, para que los mandatos sean de obligatorio cumplimiento deberán sufragar unos 12 millones de colombianos.

El documento firmado por el presidente Juan Manuel Santos, especifica las siete preguntas que deberán contestar los colombianos en la consulta de la siguiente manera:

1. ¿Aprueba usted reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 salarios mínimos legales vigentes (SMLMV), fijando un tope de 25 SMLMV como máxima remuneración mensual de los congresistas y altos funcionarios del Estado señalados en el artículo 197 de la Constitución Política?

2. ¿Aprueba usted que las personas condenadas por corrupción y delitos contra la administración pública deban cumplir la totalidad de las penas en la cárcel, sin posibilidades de reclusión especial, y que el Estado unilateralmente pueda dar por terminados los contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización alguna para el contratista ni posibilidad de volver a contratar con el Estado?

3. ¿Aprueba usted establecer la obligación a todas las entidades públicas y territoriales de usar pliegos tipo, que reduzcan la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables y la contratación a dedo con un número anormalmente bajo de proponentes, en todo tipo de contrato con recursos públicos?

4. ¿Aprueba usted establecer la obligación de realizar audiencias públicas para que la ciudadanía y los corporados decidan el desglose y priorización del presupuesto de inversión de la Nación, los departamentos y los municipios, así como en la rendición de cuentas sobre su contratación y ejecución?

5. ¿Aprueba usted obligar a congresistas y demás corporados a rendir cuentas anualmente sobre su asistencia, iniciativas presentadas, votaciones, debates, gestión de intereses particulares o de lobbistas, proyectos, partidas e inversiones públicas que haya gestionado y cargos públicos para los cuales hayan presentado candidatos?

6. ¿Aprueba usted obligar a todos los electos mediante voto popular a hacer público a escrutinio de la ciudadanía sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo; incorporando la facultad de iniciar de oficio investigaciones penales y aplicar la extinción de dominio al elegido y a su potencial red de testaferros como su cónyuge, compañero o compañera permanente, a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, y a sus socios de derecho o de hecho?

7. ¿Aprueba usted establecer un límite de máximo tres periodos para ser elegido y ejercer en una misma corporación de elección popular como el Senado de la República, la Cámara de Representantes, las Asambleas Departamentales, los Concejos Municipales y las Juntas Administradoras Locales?

Documento Completo



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