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La gobernación de Sucre expidió nuevas medidas para reactivar la economía en el departamento


 

Mediante el Decreto 0240 del 27 de abril del 2020, la Gobernación de Sucre expidió nuevas medidas enfocadas en reactivar la economía de los sectores de la construcción y la manufactura y continuar con la prevención del COVID-19.

El regreso de estas actividades se hará de manera paulatina y cumpliendo con las medidas preventivas de mitigación y protocolos de bioseguridad para reducir la exposición y contagio por coronavirus.

En el documento también especifica que las personas que ingresen al departamento, y que certifiquen que su arribo es con fines de trabajo para los sectores antes mencionados, deben informar a las autoridades sanitarias del departamento y municipios, indicando datos personales y el lugar de aislamiento. A su llegada deberán permanecer aisladas durante 14 días previos al inicio de sus actividades.

Las autoridades podrán hacer seguimiento y practicar las pruebas médicas que consideren necesarias.

Los sectores de construcción y manufactura, antes de reactivar sus labores, deberán crear protocolos de seguridad e higiene para los empleados, presentar estos protocolos y plan de seguridad ante las secretarías de Salud municipales para poder obtener un permiso de trabajo y apertura. La Gobernación, en conjunto con las alcaldías, revisará los documentos y dará los permisos o las respectivas correcciones a las empresas.

Otras de las excepciones incluidas es que las personas entre 18 y 60 años podrán desarrollar actividades físicas y ejercicio al aire libre, máximo durante una hora diaria. El horario permitido es de lunes a viernes, de 6:00 a 7:00 a. m, teniendo en cuenta la medida de pico y cédula establecida y protocolos de seguridad. Asimismo, está prohibido desplazarse de un municipio a otro, y no se podrán adelantar actividades físicas grupales.

Es importante mencionar que el aislamiento preventivo se extiende hasta el 11 de mayo, que sigue rigiendo el pico y cédula unificado, que continúan cerrados los colegios, universidades, jardines, restaurantes, bares, peluquerías, gimnasios y locales comerciales de sectores no esenciales.

La comercialización presencial de productos de primera necesidad está permitida, y se hará en mercados de abastos, bodegas, supermercados mayoristas y tiendas de barrios prestando el servicio desde las 6:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. Se mantiene la comercialización a través de plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio.

Por último, aquellos que no cumplan con el aislamiento se les impondrán multas de 32 salarios mínimos diarios ($936 320); también a quienes no acaten o impidan la función o la orden policial.

 

Conozca aquí del decreto completo:

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