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Conozca el decreto 648 de 2020, el cual amplía el área de movilidad segura en Sincelejo


 

La Secretaría de Movilidad segura y sostenible, ha establecido una política de recuperación de la zona céntrica de la ciudad, propendiendo por el rescate de la seguridad vial integral, a través del control y la regulación de la circulación en el Área de Movilidad Segura de movilidad de Sincelejo, en vista de la problemática de ilegalidad e informalidad del transporte público en la ciudad.

Ante esta problemática de transporte ilegal, la Administración municipal amplió el área de movilidad segura de la ciudad, mediante el Decreto 648 de 2020, como medida tendiente a tener un mayor control en el Centro.

Estas medidas se dan en concordancia al requerimiento de la Superintendencia de Transporte, sobre la elaboración del Plan Estratégico de Control Contra la Ilegalidad en el Transporte.

Entre los sectores que hacen parte de la ampliación del Área de Movilidad Segura está la intersección de la calle 25 con carrera 20 (esquina Melius), que ahora se traslada hacia la intersección de la calle 28 (av. Luis Carlos Galán) con la carrera 20 (monumento Las Vacas). Igualmente, la esquina de la calle 21 (Carnecol), que se traslada a la Intersección de la calle 21 con carrera 14 (esquina drogas La Rebaja).

También desde la intersección de la carrera 17 con calle 18 (sector Ferro Pedal), que ahora se traslada a la intersección de la carrera 17 con calle 18A (esquina D’ Uñas y Cejas). La intersección de la carrera 23 con calle 25 (hotel Tamaulipas) ahora se traslada a la intersección de la carrera 23 con calle 22a (barrio La María).

Los conductores que ingresen de forma irregular al Área de Movilidad Segura se sancionarán de acuerdo con lo establecido en el código C-14, del Artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, consistente en multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo por el término de 5 días hábiles, contados desde el día de la inmovilización.​

 
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